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miércoles, 14 de noviembre de 2007 |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 2 literal k) de la Ley 126-02, sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales las
Entidades de Certificación son "aquellas instituciones o persona
jurídica que, autorizada conforme a la presente ley, está facultada
para emitir certificados en relación con las Firmas Digitales de las
personas, ofrecer o facilitar los servicios de registro y estampado
cronológico de la transmisión y recepción de Mensajes de Datos, así
como cumplir otras funciones relativas a las comunicaciones basadas en
las Firmas Digitales."
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