lunes, 21 de mayo de 2012
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RD notifica intención de adherirse al Convenio sobre la Ciberdelincuencia del Consejo de Europa PDF Imprimir E-Mail
miércoles, 02 de abril de 2008
Estrasburgo, Francia. 1 de abril de 2008.- Mediante comunicación dirigida al señor Terry Davis, Secretario General del Consejo de Europa, el Presidente del Consejo Directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), Dr. José Rafael Vargas, informó a los Estados Miembros la intención de la República Dominicana de adherirse al Convenio sobre la Ciberdelincuencia del Consejo de Europa, del 23 de noviembre de 2001; lo que incrementaría la eficiencia en la investigación de los crímenes y delitos de alta tecnología penalizados por la Ley No. 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, del 23 de abril de 2007. La notificación fue entregada por la Consultora Jurídica del INDOTEL, Dra. Joelle Exarhakos y el General Claudio Peguero, Asesor de Informática del Jefe de la Policía Nacional, en el marco de la Conferencia Octopus 2008, que se desarrolla con el objeto de mejorar la cooperación entre las autoridades encargadas de la investigación de los crímenes y delitos de alta tecnología, los proveedores de servicios y la aplicación de las distintas leyes contra los mismos. Igualmente, en la Conferencia se analiza el estado de la legislación a nivel internacional, el delito cibernético y la eficacia de la cooperación internacional.

A la vista de la creciente vulnerabilidad de las sociedades frente a la amenaza de la delincuencia informática, la Conferencia ofrece una plataforma para mejorar la cooperación entre las principales partes interesadas de todo el mundo.

El Consejo de Europa ayuda a los países a protegerse de la amenaza de la delincuencia cibernética a través del Convenio sobre Ciberdelincuencia y su Protocolo sobre el Racismo y la Xenofobia cometidos a través de sistemas informáticos.

La Convención sobre la Ciberdelincuencia del Consejo de Europa es el único instrumento internacional vinculante sobre esta cuestión. Sus disposiciones sirvieron de guía a la Ley No. 53-07, contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, y orientan a cualquier país interesado para la adecuación de la legislación nacional contra el delito cibernético y como un marco para la cooperación internacional entre los Estados Partes en la Convención.