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Año 2005
Empresas Telefónicas Comienzan Asignar Código 829 Indotel Inicia Campaña de Orientación a los
| Empresas Telefónicas Comienzan Asignar Código 829 Indotel Inicia Campaña de Orientación a los |
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| jueves, 24 de noviembre de 2005 | |
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Las empresas prestadoras de los servicios telefónicos comenzaron hoy la asignación del nuevo código de área 829, que permitirá al país disponer de líneas alambicas e inalámbricas para los próximos veinte años. El país dispone ahora de dos códigos de áreas el 809 y el 829, lo que será explicado al usuario a través de una campaña de orientación que se llama: "Cosas sencillas que mejoran nuestras vidas". El anuncio lo hizo el secretario de Estado y presidente del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), doctor José Rafael Vargas, durante un encuentro con la prensa nacional en la sede la institución. Explicó que por sugerencia de las compañías telefónicas, el Indotel solicitó que el nuevo código de área que permite utilizar este nuevo código en todos los servicios telefónicos (fijo y móvil), además de que permite ser utilizado en todo el territorio nacional. Manifestó que como consecuencia de la activación y uso del código de área 829, fue necesaria la modificación de la forma de marcado de los números telefónicos, dando lugar al marcado de diez dígitos para el establecimiento de las llamadas que anteriormente se realizaban con siete (7) dígitos. "De conformidad con los estándares y practicas de la Zona Mundial de Numeración 1, el establecimiento del marcado de diez (10) dígitos debe proceder a la implementación del nuevo código de área dentro de una misma zona geográfica, por lo que el 31 de enero de 2005, se inicio el marcado con diez (10) dígitos", expreso. Informó que la República Dominicana forma parte de la Zona Mundial de Numeración 1, que fue definida por la Unión Internacional de las Telecomunicaciones (UIT) para numeración telefónica y otros asuntos. Según preciso, dicha zona está constituida por los Estados Unidos, Canadá y un grupo de islas del Caribe, entre las que se encuentra la República Dominicana. Destacó que pasada la implementación exitosa del marcado de 10 dígitos el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) y las prestadoras de servicios públicos de telefonía en forma conjunta, iniciarán la segunda fase de la activación y uso del código de área 829, la cual iniciará hoy mismo con la campaña publicitaria "Cosas sencillas que mejoran nuestras vidas". Dijo que esta campaña tiene la finalidad de que la implementación del nuevo "Código de µrea" 829, sea del conocimiento de todos los usuarios y clientes de los servicios telefónicos. En tal sentido, el doctor Vargas precisó que a partir del día veinticinco (25) de este mes de noviembre estará disponible el código de área 829 para las nuevas instalaciones o activaciones números telefónicos. Indicó que con esta implementación del código de área 829, el INDOTEL está garantizando que continúe el desarrollo del sector de las telecomunicaciones en el país, para que el crecimiento y desarrollo alcanzados en los últimos diez (10) años por el sub-sector telefónico, no se vea estancado por falta de disponibilidad de números telefónicos. Significó que la implementación del Código de área 829 se implementa mediante la Resolución del Consejo Directivo de INDOTEL, la cual ordena medidas relacionadas con el proceso de implementación del nuevo código de área para la Republica Dominicana, que deja establecido el uso del plan de marcado de diez dígitos y uso del nuevo código de área 829. La administración de la Zona Mundial de Numeración 1 le corresponde a la North America Numbering Plan Administration, que es la "Administración del Plan Numérico de América del Norte", mejor conocida como NANPA, la cual desarrolló el "Plan de Numeración de América del Norte". En 1958, la NANPA, en el referido plan de numeración, le asignó a la República Dominicana el código de área 809, que desde entonces ha sido utilizado por las compañías telefónicas del país. El INDOTEL, el primero de enero del año dos mil uno (2001), asumió la gestión de los códigos de los Centros de Conmutación, que le corresponde administrar por mandato expreso de la Ley General de Telecomunicaciones No.153-98, que en su artículo 78 sobre las "Funciones del órgano regulador", en su literal e) establece: "Reglamentar y administrar, incluidas las funciones de control, mediante las estaciones de comprobación técnica de emisiones que al efecto se instalen, el uso de recursos limitados en materia de telecomunicaciones, tales como el dominio público radioeléctrico, las facilidades de numeración, facilidades únicas u otras similares". |
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